sábado, 3 de abril de 2010

Patrimonio público

Por Sergio Elías Gutiérrez
El Norte

La modernidad política implica la sumisión del poder al derecho. La democracia, además de sus reglas electorales, se identifica por el sometimiento de todo poder social del derecho.

Mi formación de abogado me lleva al análisis de los fenómenos sociales bajo la óptica del derecho. Ésa es la que utilizaré para analizar el acto de afectación de casi 25 hectáreas del patrimonio público del Parque La Pastora, para darlas en comodato a una empresa local promotora de un equipo de futbol.

En años recientes se reformó la Constitución federal en lo relativo al gasto público, la fiscalización y la contabilidad gubernamental buscando incrementar no sólo la honradez, sino también la eficacia en el ejercicio del presupuesto de egresos. Muchas de esas reformas debieron ser consecuentes en el ámbito local, pero no ha sido así.

No deja de sorprender cómo Nuevo León, siendo de avanzada en lo social, en lo educativo, en lo económico, tenga rezagos tan acusados en lo legislativo. En particular en los temas de presupuestación, ingresos, contabilidad gubernamental, deuda pública, bienes estatales y otras materias que constituyen un capítulo importante de la administración pública.

En el ámbito federal, más de una decena de leyes regulan la gestión administrativa y financiera del Gobierno.

En Nuevo León, una sola ley, la de Administración Financiera, de 1994, pretende regular lo relativo a la planeación financiera, presupuesto de egresos, deuda pública, contabilidad gubernamental, control interno, evaluación, patrimonio público, deuda pública y entidades paraestatales. En lo federal hay una ley para cada tema. La ley estatal fue expedida antes de las reformas constitucionales federales y requiere una urgente adecuación.

En esta ley, el capítulo del patrimonio público es de los más largos, pero no llega a lo exhaustiva que es la Ley Federal de Bienes Nacionales. Por ejemplo, en lo relativo a la enajenación de bienes del dominio público, la falta de reglamentación permite la discrecionalidad de los funcionarios -o de los diputados, en su caso- para enajenar, casi sin límites, bienes del dominio público.

El artículo 93 señala que los bienes del dominio público pueden ser concesionados a particulares por un plazo máximo de 30 años, que podrá ser prorrogado por otros 30 "cuando, según las circunstancias económicas y el esquema financiero, la concesión resulte viable, sólo otorgándola a un plazo mayor".

En ambos casos, 30 ó 60 años, se debe justificar lo siguiente: "El monto de la inversión, el plazo de la amortización, el beneficio social y económico para la región o la localidad, la necesidad de la actividad o servicio que se preste...".

Enel caso del comodato que nos ocupa no se especifica cómo justificar el beneficio social y económico o la necesidad de la actividad. Eso quedó a la discrecionalidad de los diputados que la aprobaron con base, sin duda, en las justificantes que la empresa dijo tener para ello.

Queda por conocer el decreto para saber de qué manera argumentaron y motivaron su decisión. No debemos perder de vista que la Constitución federal dispone que todo acto de autoridad debe estar fundado y motivado. Sin motivos suficientes no hay fundamentación posible.

Además, en el 2006 se reformó dicha ley en el artículo 123, se creó un Comité de Operaciones Inmobiliarias del Estado, formado por diversas dependencias estatales. Éste será órgano consultivo y de dictamen cuando se vaya a trasmitir a terceros bienes propiedad del Estado. Dicha reforma dispuso que el Ejecutivo estatal debe dictar las normas de carácter general que regularán las atribuciones, bases y lineamientos de dicho Comité.

En medio de toda la gritería se ha omitido la información sobre este órgano y no se ha sabido, al menos públicamente, que haya dictaminado sobre este asunto.

Pasando a aspectos políticos, ésta ha sido la primera vez que la enajenación del patrimonio público ha despertado un debate amplio en el espacio público. Todas las afectaciones del pasado se hicieron en lo oscurito y no por eso han sido menos graves.

Cientos de hectáreas en el lecho del Río Santa Catarina, Plaza Sésamo, Bosque Mágico, Cintermex, el estadio de beisbol y muchas más han pasado a manos privadas sin justificar la utilidad pública. Al menos en este caso se intentó hacerlo.

Lo urgente es que los diputados hagan un esfuerzo por poner al día la legislación relativa al ejercicio del poder público. Así como está deja lugar para un amplio poder discrecional. Con mejores reglas se puede proteger lo que queda del patrimonio público antes de que ya no quede nada.


sergioeg@infosel.net.mx


Fecha de publicación: 3 Abr. 10

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